Una hipoteca finaliza en el momento en el que abonamos la última cuota. Si acabas de firmar un crédito inmobiliario posiblemente ese día te parezca muy lejano. Pero llegará. Además, existen otros motivos por los cuales se puede producir la cancelación de este contrato antes de tiempo. En la entrada de hoy vamos a hablar de este tema y os mostraremos los principales motivos por los que se puede cancelar una hipoteca.
Devolución del préstamo
Como hemos indicado más arriba, si ya no existen obligaciones económicas con respecto a la entidad crediticia la hipoteca se puede dar por concluida. También es posible amortizar dicha cantidad antes del tiempo estipulado. En este último caso, deberás llegar previamente a un acuerdo con el banco.
Una vez pagado el importe, hay que solicitar ante notario una actualización de la escritura de la propiedad que refleje la cancelación de la deuda. Al contrario que otros certificados que tienen una tarifa fija, el precio varía en función de la cantidad solicitada en la hipoteca.
Finalmente, tendremos que personarnos en el Registro de la Propiedad, donde presentaremos la solicitud correspondiente y el certificado notarial anterior. De esta forma, la hipoteca quedará totalmente eliminada de nuestra vivienda.
Venta de la propiedad
Un préstamo inmobiliario también puede ser cancelado si vendes tu casa. Una de las opciones es solicitar una hipoteca puente. De esta forma, el futuro comprador se hará responsable de la deuda cuando se le entreguen las llaves. Sin embargo, no suele ser muy habitual debido a la falta de garantías y depende bastante del perfil económico del nuevo propietario.
Por ello, lo más normal es amortizar la hipoteca en su totalidad. Es decir, que con el dinero obtenido por la venta de la propiedad cancelemos nuestro préstamo bancario. La Ley Hipotecaria establece una comisión del 2% en hipotecas fijas si la cancelación se produce en la primera mitad. Y un 1,5% si se realiza en la segunda. Mientras que en hipotecas variables, la comisión de cancelación asciende a un 0,25% durante los primeros 3 años y un 0,15% a partir de entonces.
Cambio de entidad
Si encuentras un banco que te ofrezca mejores condiciones económicas, puedes cambiar tu hipoteca a esa entidad. El año pasado se modificó la ley que regula la subrogación de acreedores, por lo que en la actualidad el propietario no tiene que pagar nada por la operación. Serán los propios bancos los que asuman los gastos.
Simplemente, preséntate en tu banco con la nueva oferta que mejora las condiciones actuales. La entidad tiene 15 días para hacerte una contraoferta que sea más ventajosa. Si se produce esto último, tendrás que aceptarla obligatoriamente. En caso contrario, eres libre para cambiar la hipoteca a otro banco.
También es posible cambiar de interés variable a fijo mediante una operación de novación. El titular de la hipoteca debe negociar con la entidad. Si no se llega a un acuerdo, se puede elegir otro banco mediante la mencionada figura de subrogación de acreedores.